INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

1. Ayudas para la puesta en marcha de un Programa para la mejora competitiva de la pyme extremeña en la anualidad 2019.


Objeto y proyectos subencionables: La presente orden tiene por objeto efectuar la convocatoria de las ayudas para la puesta en marcha de un Programa para la mejora competitiva de la Pyme extremeña en la anualidad 2019.


Proyectos Subvencionables.


Se considerarán actuaciones subvencionables los proyectos que tengan alguna de las siguientes finalidades:


A) OPTIMIZACIÓN DE LOS PROCESOS Y SISTEMAS DE GESTIÓN


4.A.1. La optimización de los procesos productivos de la empresa que mejoren su posición competitiva.

4.A.2. Implantación y certificación de sistema de gestión de la calidad mediante la Norma ISO 9001. 

4.A.3. Implantación y certificación de sistema de gestión medioambiental mediante la Norma ISO 14001.

4.A.4. Implantación y certificación de un sistema de gestión de la I+D+i, mediante la Norma UNE 166002.

4.A.5. Implantación y certificación de un sistema de Vigilancia Tecnológica, mediante la Norma UNE 166006.

4.A.6. Implantación y certificación de un sistema de gestión integrado de dos normas de las referidas anteriormente.

4.A.7. Implantación y certificación de normas o protocolos dirigidos a garantizar la seguridad alimentaria, tales como BRC, IFS, ISO 22000, FSSC 22000, u otras de naturaleza similar que estén referidas a la seguridad alimentaria, que tengan cierto reconocimiento en los mercados y que permita una mayor expansión comercial a las empresas beneficiarias.

4.A.8. Implantación y certificación de dos normas o protocolos de las referidas en el punto 4.A.7.

4.A.9. Soluciones tecnológicas dirigidas a posibilitar la gestión de todos los procesos de una empresa de una forma conjunta o integrada, a través de la implantación de herramientas ERP (Planificación de Recursos Humanos), CRM (Gestión de las relaciones con clientes), SCM (Gestión de la Cadena de Suministro), MES (Sistema de Ejecución Manufacturera), PLM (Gestión del ciclo de vida del producto), PDM (Gestión de Datos del producto), PPS (Sistema de Planificación del Producto), PDA (Adquisición de datos de producción) y MDC (Recopilación de los datos de las máquinas).


B) ACCIONES DE DISEÑO INDUSTRIAL.


4.B.1. Acciones de diseño del producto, rediseños o adaptaciones de productos ya existentes, envases y embalajes nuevos y novedosos para la empresa solicitante de la ayuda, que le permitan a éstas alcanzar una ventaja competitiva en el menor tiempo posible, resolviendo problemas funcionales, logísticos o de transporte permitiendo el acceso de la Pyme a nuevos mercados.


Beneficiarios:. Pymes de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sean Personas físicas, Sociedades Anónimas, Sociedades Limitadas, Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación y que cuenten, con una media de cinco o más trabajadores, en un período de tiempo inmediatamente anterior en doce meses a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, o en su defecto, cuenten con cinco o más trabajadores en la fecha de presentación de su solicitud de ayuda.


También podrán ser beneficiarios las comunidades de bienes y sociedades civiles que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención.


Y cuyo proyecto a subvencionar vaya dirigido a la mejora competitiva del centro productivo ubicado en la región, y a la mejora de alguna de las actividades que se relacionan a continuación, debiendo encontrarse dado de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, vinculado a alguno de los siguientes sectores:


Sección 22 "Producción y Primera Transformación de Metales"

Sección 24 "Industrias de Productos Minerales no Metálicos"

Sección 25 "Industria Química"

Sección 3 "Industrias Transformadoras de los Metales. Mecánica de Precisión" y Sección 4 "Otras Industrias Manufactureras"

Comercio al por mayor: Sección 6.1 "Comercio al por mayor" y Sección 6.2 "Recuperación de productos"

Transporte y Almacenamiento, Sección 722 "Transporte de Mercancías por carretera" y Sección 754 "Depósitos y Almacenamiento de Mercancías"

Sección 936 "Investigación Científica y Técnica"


Plazo presentación comenzará el día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria junto con el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura y finalizará el 10 de mayo de 2019.


Para mas información http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2019/610o/19050145.pdf 



2. Ayudas destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la anualidad 2019.


Objeto. Convocar las ayudas para la puesta en marcha de un Programa de fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la anualidad 2019.


Se convocan dos procedimientos de selección en la presente convocatoria, iniciándose el primero de ellos, el día siguiente de la publicación de la Orden de convocatoria junto con su extracto en el Diario Oficial de Extremadura, finalizando una vez transcurran 45 días hábiles desde tal fecha. El segundo de los procedimientos de selección comenzará el 9 de agosto de 2019 y finalizarán una vez transcurran 45 días hábiles desde tal fecha.


Las ayudas irán destinadas a financiar la siguiente tipología de actuaciones:


1. Proyectos de dinamización dirigidos a favorecer la consolidación y crecimiento de AEI o clústeres que vengan desarrollando de manera activa, actuaciones que favorezcan la competitividad del tejido empresarial de la región a través de la cooperación.

2. Creación de nuevas AEI o Clústeres del sector industrial, agroindustrial, logística y distribución, así como de otros sectores estratégicos identificados en la RIS3 Extremadura, siempre que en dichos sectores no exista una AEI o Clúster ya constituido en la región.

3. Desarrollo de proyectos de integración empresarial a realizar de manera colaborativa por al menos tres empresas, y que tengan como objetivo el desarrollo, con carácter permanente, bien de algunas de las áreas de negocio de cada una de las empresas participantes, o bien la ejecución de una nueva actividad empresarial, no desarrollada anteriormente por ninguna de tales empresas, mediante la constitución de una nueva unidad jurídica participada por todas las empresas solicitantes de la ayuda.

4. Desarrollo de proyectos colaborativos, desarrollados y compartidos por un grupo de al menos tres pymes independientes, del mismo o distintos sectores de actividad, que tengan necesidades comunes y que traten colaborativamente de superarlas. Esta tipología de proyectos, a diferencia del punto anterior, se enfocarán al desarrollo colaborativo puntual que suponga una mejora competitiva para las empresas participantes, sin que supongan la creación de una nueva entidad que vaya a continuar explotando sus resultados con carácter futuro y permanente.


Plazo de presentación de solicitudes.


El plazo de presentación de solicitudes y la documentación requerida, será, desde el siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria de estas ayudas junto con su extracto en el Diario Oficial de Extremadura hasta que transcurran 45 días hábiles desde tal fecha, para el primero de los procedimientos de selección, mientras que, para el segundo de los procedimientos de selección, el plazo se iniciará el día 9 de agosto de 2019 y finalizará una vez transcurran 45 días hábiles desde tal fecha.


Beneficiarios.


1. Podrán ser beneficiarios de la tipología de proyectos recogidos en el artículo 3.1 de la orden de convocatoria, las entidades sin ánimo de lucro, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con personalidad jurídica propia, constituidas como AEI, Clúster o similar denominación. A los efectos del Decreto regulador de estas ayudas, se definen como AEI y Clústeres aquellas agrupaciones de empresas e instituciones que, en un determinado espacio geográfico, se encuentran relacionadas entre sí en torno a un mismo sector o segmento de mercado, colaborando conforme a una estrategia conjunta que les conduzca a ser más competitivas. Los proyectos podrán presentarse a nombre de una AEI o Clúster a título individual, o de asociaciones que aglutinen más de una AEI o Clúster. 


2. Podrán ser beneficiarios de las tipologías de proyectos recogidos en los puntos 2, 3 y 4, del artículo 3 de la orden de convocatoria, las Pymes que ejerzan una actividad económica en la región, entendiendo por Pymes aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros. Las pymes deberán adoptar alguna de las siguientes formas jurídicas: Personas físicas, Sociedades Anónimas, Sociedades Limitadas, Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación.

También podrán ser beneficiarios las comunidades de bienes y sociedades civiles que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. 

Quedan excluidas de estas ayudas, los sectores de acuicultura, pesca, la producción primaria de productos agrícolas, así como todas aquellas excepciones referidas en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013. 


Para mas información http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2019/610o/19050145.pdf