PREINSCRIPCIONES Y VISITAS PREVIAS AL PROCESO DE VENTA DE VIVIENDAS DE VPO PROMOVIDAS POR EL AYUNTAMIENTO.



PREINSCRIPCIONES Y VISITAS PREVIAS AL PROCESO DE VENTA DE VIVIENDAS DE VPO PROMOVIDAS  POR EL AYUNTAMIENTO DE TORRE DE MIGUEL SESMERO EN EL VIAL NUEVO DE LA AR2.

JUSTIFICACIÓN:
                      
            El Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero, en el marco de su política de desarrollo local  y ante la ausencia de proyectos  de la Administración Autonómica en materia de construcción de viviendas, decidió acometer la construcción de tres viviendas en las nueva zona urbanizada (AR2) con tres objetivos principales:
            Facilitar trabajo a las empresas de construcción locales
            Potenciar la creación de más de 10  empleos a través de dichos proyectos.
            Facilitar el acceso a la vivienda para los que no dispongan de vivienda habitual.

            El cumplimiento de los objetivos de este programa ha sido satisfactorio; las adjudicaciones realizadas han recaído en empresas locales que han tenido durante el periodo de construcción de las viviendas un soporte económico que en el periodo de crisis económica que padecemos habrá sido clave para su mantenimiento y el mantenimiento de su nivel de empleo.  Por otro lado, el número de empleos generados también ha cumplido sus expectativas al haberse podido generado 15 empleos durante la construcción de las viviendas.
            La construcción de las mismas  está  finalizada a expensas del enganche de luz. Por tanto, es previsible que en el mes de septiembre próximo podamos sacar las bases de licitación para su venta en las condiciones que marque el Ayuntamiento y dentro del marco de los requisitos de viviendas de protección oficial de la Junta de Extremadura con el objetivo de que los usuarios puedan beneficiarse de las posibles ayudas que ofrezca la Administración Regional para este tipo de viviendas.
            Como paso previo a esta licitación hemos considerado oportuno que todos aquellos que estén interesados en conocer estas viviendas puedan visitarlas durante unos días y conocer en líneas generales las condiciones de venta que fijará el Ayuntamiento de TORRE DE MIGUEL SESMERO.  En este sentido se pretende hacer una base de datos con los interesados en su adquisición que, posteriormente deberán solicitar y aportar la documentación necesaria que se fije en el periodo oficial de licitación.

            LOS DÍAS PARA VISITAR ESTAS VIVIENDAS SERÁN LOS SIGUIENTES:
           

            JUEVES : 8 DE AGOSTO    de 20 a 21 horas
           
            LUNES 12 DE agosto de 2013 de 20 a 21 horas
           
            MIERCOLES 14 DE AGOSTO  de 20 a 21 horas.



           



    También se podrá solicitar la inscripción en la base de datos y fijar un día para realizarla visita. PERSONA DE CONTACTO: BEATRIZ GONZALEZ.



CONDICIONES PARA LA VENTA FIJADAS POR EL AYUNTAMIENTO DE TORRE DE MIGUEL SESMERO.
            Las viviendas serán sacadas a la venta para aquellos usuarios que reúnan los requisitos fijados en las bases y puedan acometer el resto de condiciones exigidas para la venta de las mismas.
            El objetivo esencial de este proyecto es facilitar el acceso a la vivienda de aquellos vecinos con unos ingresos medios que puedan hacer frente a las condiciones económicas y que cumplan los requisitos exigidos para las viviendas de protección oficial . El ayuntamiento subvencionará el coste de 124 metros de cada una de las viviendas y ofrecerá un precio igual al coste de ejecución del proyecto, además de facilitar la financiación de las mismas. Asimismo, los adjudicatarios podrán acceder a las ayudas que puedan concederse por parte de las administraciones para las viviendas de protección oficial.
            La compraventa se realizará  en el momento de la entrega de la vivienda y el pago efectivo de la entrada,  y el “contrato estará condicionado de forma resolutoria” entendiendo que el incumplimiento de lo contratado implicará la reversión de la propiedad al Ayuntamiento libre de cualquier carga.
            Dentro de este proyecto de carácter experimental, el Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero tiene la intención de continuar con el mismo si se presentan más solicitudes que viviendas existentes. Con los recursos obtenidos de la venta, y en vistas a las posibles solicitudes que se queden sin viviendas se podrá acometer una nueva promoción de viviendas de esta tipología que permitan, en momentos tan complicados como los actuales, continuar con nuevos proyectos que permitan continuar con la creación de empleo local y activando el sector de la construcción local.
           

            DESCRIPCIÓN DE LAS VIVIENDAS :

            VIVENDA Nº 1: ( descripción detallada de su ubicación y datos registrales: 1ª dos habitaciones )
                        Precio aproximado:  51.750 euros mas IVA


            VIVENDA Nº 2: ( descripción detallada de su ubicación y datos registrales
2ª dos habitaciones)
                        Precio aproximado:  55.080 euros  mas IVA
           
           
            VIVENDA Nº 3: ( descripción detallada de su ubicación y datos registrales. tres habitaciones)
                                                Precio aproximado:  62.860.euros mas IVA.
        
     




           REQUISITOS PARA ACCEDER A LA COMPRA:

            Siendo el objetivo de este Ayuntamiento facilitar el acceso a la vivienda a los vecinos de la localidad con los requisitos exigidos por la Junta de Extremadura para acceder a las viviendas de protección oficial en régimen general, es preciso hacer coincidir los requisitos exigidos para este tipo de viviendas con el perfil mínimo para acceder a su compra.
            Por ello los requisitos para poder participar en la futura licitación serán:
           
1º. Que los ingresos familiares ponderados del adquirente o adjudicatario no excedan 4,5 veces el IPREM.  anual : 33.548,13 euros.
2º. Que el adquirente o adjudicatario  no sea titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda protegida
3º. Que el adquirente o adjudicatario  no sea titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda libre, siempre que, en cualquier caso, el valor de su derecho, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, exceda, del 40% del precio máximo de venta de la vivienda y, en su caso, del garaje y trastero objeto de la actuación protegida, o del 60% en el caso de familias numerosas que necesitan acceder a una vivienda de mayor superficie, por incremento del numero de sus miembros, y en el caso de personas mayores de 65 años, de discapacitados o de víctimas de violencia de género o del terrorismo, familias monoparentales con hijos y separados o divorciados que se encuentren al corriente de sus pensiones alimenticias y compensatorias.
4º. Que la vivienda se destine a residencia habitual y permanente y no enajenar la vivienda ni alquilarla en los primeros diez años desde la firma del contrato.
5º. Que el adquirente o adjudicatario se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y Autonómica y de sus obligaciones con la Seguridad Social.
6º. Que tenga residencia permanente y empadronamiento en los últimos dos años en Torre de Miguel Sesmero.
7º. Disponer de aval o recursos para cubrir la entrada exigida para cada una de las viviendas a las que pueda optar.
Los solicitantes podrán hacerlo como persona individual o unidad familiar, debiendo optar por una de las dos opciones.
Los solicitantes deberán hacer un plan de pago de la vivienda  respetando las condiciones incorporadas en estas bases para poder valorarlo en la comisión que deberá incluir:
            Cantidad a abonar en concepto de entrada ( mínimo el 25 %)
            Mensualidades a pagar ( hasta un máximo de 204 mensualidades)

            Para formalizar la venta son necesarios los siguientes trámites:
            Abono de una cantidad en concepto de entrada por valor fijado como mínimo del 25  por ciento del valor total de la vivienda hasta el máximo que pueda acometer el solicitante.
            El resto de la cantidad a abonar se dividirá en mensualidades a pagar entre los cinco días primero de cada mes a partir del primer año desde la escritura de compraventa, durante los siguientes  15  años. La cuota mínima a pagar será de 200 euros mensuales.
            El máximo de mensualidades entre las que distribuir las cuotas a pagar no podrá exceder de 204 mensualidades, siempre que estas se puedan implementar antes del cumplimiento de los 65 años del solicitante. El solicitante que podrá reducir el número de mensualidades con el consiguiente aumento de las cuotas o con un aumento de la cantidad a pagar en la entrada de la compraventa.
            Las cantidades mensuales tendrán carácter resolutorio dando lugar a la pérdida de la vivienda con el impago de cinco mensualidades, salvo resolución del ayuntamiento concediendo un aplazamiento de la deuda con un máximo de un año.
            Los propietarios podrán adelantar pagos de mensualidades siendo éstas detraídas de las últimas mensualidades a pagar.
            Las escrituras y sus condiciones serán firmadas ante notario para dar la seriedad y el rigor necesario a las ventas realizadas.
            TORRE DE MIGUEL SESMERO A, 06 DE AGOSTO DE 2013.